La Agencia Tributaria (Hacienda) en España puede generar impuestos, realizar liquidaciones paralelas o sancionar a partir de los saldos y movimientos de cuentas bancarias, aunque no por el simple hecho de tener dinero, sino por la falta de justificación de su origen o por los rendimientos que generan.
A partir de 2026, la vigilancia sobre movimientos bancarios, incluidos Bizum, Revolut y otras billeteras digitales, será mensual y más estricta, eliminando en muchos casos el límite anterior de 3.000 euros para reportar.
Aquí detallo cómo puede ocurrir:
1. Presunción de Ingresos (Incremento Patrimonial No Justificado)
Si realizas ingresos en efectivo o transferencias y no puedes justificar ante Hacienda de dónde proviene ese dinero (por ejemplo, si no coincide con tus rendimientos del trabajo declarados), la Agencia Tributaria puede considerar ese saldo como «incremento de patrimonio no justificado».
2. Obligación de Informar y Alertar
Los bancos están obligados a informar automáticamente a la Agencia Tributaria sobre movimientos sospechosos o de alto volumen:
3. Rendimientos del Capital Mobiliario
Si el saldo de tus cuentas bancarias genera intereses (cuentas remuneradas o depósitos), ese rendimiento tributa en el IRPF como ahorro:
4. Impuesto sobre el Patrimonio
Si el saldo acumulado en todas tus cuentas bancarias, sumado a otros bienes, supera el mínimo exento establecido (que varía según la Comunidad Autónoma, siendo el límite estatal 700.000€, sin contar 300.000€ de la vivienda habitual), debes declararlo en el Impuesto sobre el Patrimonio.
5. ¿Qué debe hacer?