Entre estas medidas, se contemplan tres tipos de medidas de flexibilización de los préstamos que cuenten con aval del Estado, para la renegociación de deuda financiera de empresas y autónomos con las entidades financieras adheridas al Código de Buenas Prácticas regulado mediante el  Acuerdo del Consejo de Ministros del 11 de mayo de 2021, el Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021 y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de marzo de 2022

Las medidas previstas en el Código de Buenas Prácticas son tres: 

I.- Ampliación del plazo de vencimiento de las operaciones de financiación que cuenten con aval público. 

II – Conversión de las operaciones de financiación avaladas en préstamos participativos no convertibles en capital 

III – La realización de transferencias por parte del Estado para reducir la parte del principal con aval público de la operación de financiación. Para esta medida, se crea una nueva línea para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, dotada con 3.000 millones de euros. Esta medida supondrá también un esfuerzo por parte de las entidades financieras concedentes de la financiación, que asumirán una quita por la parte proporcional no avalada del préstamo.

Autónomos, pymes y empresas que cuenten con operaciones avaladas por el Estado, que hayan sido suscritas entre el 17 de marzo de 2020 y el 13 de marzo de 2021 (ambas fechas excluidas) y que sean elegibles para acogerse a estas medidas, podrán solicitar acogerse a una o varias de las opciones, de una vez o de forma sucesiva, realizando una solicitud única por cada medida y para cada operación de financiación avalada. 

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